Se entiende
como todo acto de violencia contra: La integridad física o moral, la libertad
física o sexual, expresiones verbales injuriosas o ultrajantes que lesionen la
integridad moral, los derechos a la intimidad y al buen nombre que le son
propios a los intervinientes en la relación de trabajo. En general es todo acto
que afecte la integridad y la autoestima del trabajador.
Se refiere a
la frecuencia, reiteración o modo constante, de evidente arbitrariedad o abuso,
que conlleven a inferir en la renuncia del trabajador. Se presenta en esta
modalidad la sobrecarga en las labores o funciones del y cambios permanentes en
el horario, que conlleven a un mal rendimiento en el trabajador.
Discriminación laboral
Esta
modalidad hace referencia a aquel trato que se hace por razones referentes a:
la raza, el género, origen familiar o la nacionalidad del trabajador, credo
religioso, preferencia política, y la posición socioeconómica.
Es cuando se
obstaculiza, retarda, o entorpece la labor del empleado. Específicamente la ley
señala como causales constitutivas de entorpecimiento laboral.
"La
privación, ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos
necesarios para realizar la labor”.
"La
destrucción o pérdida de información, el ocultamiento de correspondencia o
mensajes electrónicos”.
Definida
como "la asignación de funciones a menosprecio del trabajador". Con
esta modalidad se amplió un poco más el campo de protección de esta ley,
eliminando así todo tipo de conducta encaminada a desconocer la dignidad
inherente del ser humano.
La Seguridad
Industrial juega un papel muy importante cuando de la vida e integridad
personal se trata, por ende, el legislador prohíbe expresamente la impartición
de órdenes, imposición de funciones y toda conducta tendiente a poner en riesgo
la integridad y la seguridad del trabajador sin el cumplimiento de los
requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
Como podemos
ver, la Ley 1010 del 2006, lo que busca es prevenir, corregir y sancionar todas
las acciones que conlleven al acoso laboral y afecten la dignidad humana, las
cuales se pueden presentar en empresas públicas o privadas. Pues, el Estado
Colombiano dentro de sus deberes, tiene como obligación garantizar un trato
digno para toda persona que desarrolle actividades económicas y de producción.
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