Es toda actividad que realiza un trabajador a una altura de
1.50 Mts. O más sobre un nivel inferior. El trabajo en alturas está considerado
como de alto riesgo debido a que en
las estadísticas Nacionales es una de las primeras causas de accidentalidad y
de muerte en el trabajo.
El Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 1409 de Julio 23 de 2012, estableció el Reglamento de seguridad para protección
contra caídas en Trabajo en alturas, el cual aplica a Empleadores, Empresas
Contratistas, Subcontratistas y Trabajadores de todas las actividades
económicas de los sectores formales e informales de la economía que desarrollen
trabajo en altura con peligro de caídas.
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